Tu asesoría

La información es nuestra herramienta.

normas básicas

En nuestra labor de asesoría, queremos que estés bien informado. Esta Administración de Comunidades conoce a la perfección tus inquietudes y tus necesidades; por ese motivo, en esta página voy a ir colocando algunas normas que te interesará conocer para conocer mejor el funcionamiento de tu propia comunidad de propietarios y también para formarte una mejor opinión de esta profesión del Administrador de Fincas.

ley de propiedad horizontal

Esta es la norma básica de un Administrador de Fincas a la hora de gestionar una comunidad de propietarios con solvencia. Esta es nuestra puerta de acceso a la información, ¡abrela!

ley de arrendamientos urbanos

No todo es propiedad horizontal en esta profesión. Los arrendamientos ocupan una parte muy importante de nuestro tiempo. El inquilino no suele estar bien asesorado sobre el funcionamiento de la comunidad.

código civil

El título III que habla de LA COMUNIDAD DE BIENES y, sobre todo, el artículo 396 que enumera los bienes comunes en un edificio dividido horizontalmente.

ley de procedimiento administrativo 39/15

Nuestra permanente relación con las administraciones públicas y la obligatoriedad de comunicarnos con ellas a través de la firma digital, hace que esta ley sea de suma importancia para el Administrador de Fincas. Aquí encontrarás la información sobre las notificaciones.

Normas Covid-19

Página de la Junta de Castilla y León que contiene la normativa y las medidas a seguir en la situación actual.

DECRETO-Ley 7/2020, de 23 de julio, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma

ART. 2 y ss.  Se aplazan todas las Juntas Ordinarias, renovación de cargos incluidos, hasta el 31 de diciembre, y solo es posible celebrar aquellas cuyos acuerdos no puedan posponerse a esa fecha.

ACUERDO 52/2021, de 20 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara el nivel de alerta 3 para todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocios y eventos y actos similares…

Nivel 3: Se recomienda su celebración de forma telemática. No obstante, si se celebran presencialmente el aforo máximo será de 1/3, con un límite máximo de 150 asistentes.

Otras normas de interés

Nuevas necesidades que irrumpen en una sociedad en la que los datos de carácter personal son muy valiosos, ponen de relieve la necesidad de cuidar la intimidad de los vecinos.
Esta es una materia controvertida, ¿quién no conoce varios casos de quejas de vecinos por ruidos? Su regulación surge desde el ámbito municipal.
Aquí la ordenanza de León.
Aquí podrás ver la última reforma del alquiler y la regulación de las viviendas para uso vacacional. Es un tema que se ha puesto de moda y que preocupa mucho a los vecinos de edificios situados en el centro de las ciudades.
También puedes ver el vídeo de la conferencia del prestigioso magistrado, Vicente Magro Servet, en la primera jornada del ENAF LEÓN 2019. Este vídeo es auténtica ¡INFORMACIÓN PRIVILEGIADA! Seguro que te aclarará muchas dudas. Pincha en el enlace.
Busca el vídeo del 31 de mayo: Vicente Magro Servet, Magistrado del Tribunal Supremo. Solo tiene un inconveniente: es muy largo.
Los «okupas» son  otra de las grandes preocupaciones de los vecinos y de todos los ciudadanos de bien en este país. En el enlace te dejo la última regulación o reforma que se refiere a esta actividad delictiva. PINCHA AQUÍ.
De nuevo te recomiendo que veas el vídeo de Vicente Magro, cuyo enlace está en el apartado anterior, porque su información es más fácil de entender.
Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.
Esta ley, con independencia de otras muchas reformas, en su artículo 3 crea un registro de inquilinos morosos que, a día de la fecha aún no se ha puesto en funcionamiento.

Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

IT 1.2.4.4 Contabilización de consumos. (Pag. 50 )

1. Toda instalación térmica que dé servicio a más de un usuario dispondrá de algún sistema que permita el reparto de los gastos correspondientes a cada servicio (calor, frío y agua caliente sanitaria) entre los diferentes usuarios, en el caso del agua caliente sanitaria deberá ser un contador individual. El sistema previsto, instalado en el tramo de acometida a cada unidad de consumo, permitirá regular y medir los consumos, así como interrumpir los servicios desde el exterior de los locales.

Las instalaciones térmicas que suministren calefacción o refrigeración a un edificio a partir de una instalación centralizada que abastezca a varios consumidores y a los titulares que reciben dicho suministro desde una red de calefacción o refrigeración urbana, definidas en el apéndice 1 de este Reglamento, cuando dichas instalaciones térmicas no dispongan de un sistema que permita el reparto de los gastos correspondientes a cada servicio (calor y frío) entre los diferentes consumidores, deberán cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa que regule la contabilización de consumos individuales en instalaciones de edificios.

Los clientes finales de los edificios abastecidos a partir de una red urbana de
calefacción, refrigeración o agua caliente sanitaria, recibirán, por parte del titular de la red, contadores individuales, de precio razonable y asequible de acuerdo con los estándares del mercado, que reflejen con precisión su consumo real de energía.

Cuando se suministren calefacción, refrigeración o agua caliente sanitaria a un edificio a partir de una fuente central que abastezca varios edificios o de una red urbana de calefacción o refrigeración, se instalará un contador en el intercambiador de calor o punto de entrega.

algunas sentencias

Esta información irá actualizándose e incrementándose de forma periódica.

Nuestros vecinos opinan

"Me gusta estar informada de cómo funcionan las cosas. Cuando necesito consultar una norma relacionada con mi comunidad, visito esta página. Es mi asesoría particular."
Elena García
Vecina
"El funcionamiento de las comunidades de propietarios me resulta muy complejo, por eso confío en los profesionales de LeyserFincas. Ellos nunca hacen las cosas sin un motivo ni sin cobertura jurídica."
Hilda Rodríguez
Propietaria
"Nunca he entendido muy bien las leyes, pero las sentencias son mi debilidad. La forma en la que los jueces interpretan el derecho y lo aplican, me parece una de las facetas más interesantes de la sociedad."
Pablo Angus
Vecino
"Vivimos en un mundo especializado. La información es fundamental y sin la ayuda y el asesoramiento de los profesionales no es posible caminar con seguridad."
Julián Portela
Propietario